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Lunes, 06 de Septiembre de 2010 07:30   
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¿Qué deben hacer los inmigrantes que quieran votar?

España

inmigrantes CUMPLIR LOS REQUISITOS

Éstos son: ser mayor de 18 años, estar en posesión de la autorización de residencia en España, haber residido legalmente en España cinco años, estar inscrito en el padrón municipal de habitantes y en el censo electoral y ser ciudadano de uno de los países que tengan acuerdo de reciprocidad con España.

 

SER CIUDADANO DE UNO DE LOS PAÍSES CON CONVENIO

Haber nacido en Colombia, Chile, Ecuador, Noruega, Paraguay, Perú o Nueva Zelanda, aunque países como Bolivia, Argentina, Uruguay o Venezuela puede que se agreguen en los últimos meses.

APUNTARSE EN EL CENSO ELECTORAL

Si te llega una carta de la OCE y tienes tu tarjeta de residencia en vigor, sólo tienes que comprobar que tus datos son correctos y remitirlos en el propio sobre que ellos te mandarán. No necesitará sello. Si no te llega la carta y cumples los requisitos, puedes recoger el impreso necesario en tu ayuntamiento y presentarlo junto a la fotocopia de la tarjeta de identidad de extranjero o al certifi cado de la Policía para acreditar los requisitos de mayoría de edad y del tiempo de residencia legal e ininterrumpida en España junto a tu certifi cado de empadronamiento.

PRESENTAR LA SOLICITUD DEL 1 DE DICIEMBRE AL 15 DE ENERO

Las solicitudes deberán presentarse desde el 1 de diciembre al 15 de enero y serán válidas sólo para el elecciones municipales del 22 de mayo de 2011. En las siguientes elecciones (en 2015) se abrirá otro proceso de solicitudes.

SÓLO PODRÁS VOTAR EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES

No en las elecciones autonómicas, generales o europeas.

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