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Renovación de la autorización de residencia caducada |
| Asesoría Legal | |||
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ADRIANA DE RUITER. ABOGADA. info@todavie.com Las autorizaciones de residencia se deben renovar desde 60 días naturales antes de su expiración hasta tres meses después de la fecha que fi gura en la tarjeta. Para contar los 60 días previos lo mejor es coger un calendario y contar día a día, ya que 60 días no corresponden a dos meses. Para conocer la fecha límite posterior, como se fija por meses, sí cabe sumar tres más a la fecha que consta en la tarjeta. Si según estos cálculos, usted presentó la renovación en plazo, deberá recurrir la denegación. Tiene un mes para recurrir ante la Administración, y conviene hacerlo, ya que debido a la saturación en la Delegación de Gobierno se cometen errores que pueden ser fácilmente subsanados sin necesidad de acudir a los tribunales (aunque si se mantiene la denegación, no quedará más remedio que presentar la demanda en los Juzgados).
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