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Los hijos de divorciados, con papá y mamá |
| Asesoría Legal | |||
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Silvia Recuenco. Abogada info@todavie.com La custodia compartida, como toda institución jurídica, se ha ido adaptando a las necesidades y cambios sociales. De este modo, la incorporación de la mujer a la vida laboral y la concienciación que se está consiguiendo día a día sobre la igualdad de derechos y deberes entre hombres y mujeres han formado parte de su evolución. En este último caso, importa la igualdad del hombre ante la mujer a la hora de ser el progenitor custodio de sus hijos. En España, hasta julio de 2005, la regla general siempre había sido que uno de los progenitores, generalmente la madre, se quedara con la custodia de los hijos y se fi jara un régimen de visitas para el padre. Eso siempre implicaba que al progenitor al que se le atribuía la custodia también recibía la vivienda, y que el progenitor no custodio pagase mensualmente a su hijo una pensión de alimentos. Sin embargo, cada vez se extiende más la custodia compartida. De hecho, el pasado 20 de mayo se aprobó en la comunidad autónoma de Aragón una ley por la que la custodia compartida será la regla general en los casos de divorcio, en defecto de acuerdo de los padres. Es decir, si éstos no se ponen de acuerdo, decide un magistrado en el juicio correspondiente, y lo que establece es que la custodia va a ser compartida. Esto signifi ca que los dos progenitores van a poder ver a su hijo el mismo tiempo, que la vivienda familiar no se va a atribuir obligatoriamente a uno de los padres por ser el que tenga la custodia, y el fi n de la pensión de alimentos para el hijo. De esta manera, Aragón es la primera comunidad en España que se ha atrevido a pronunciarse sobre este tema tan candente y tan polémico. Compartida o tradicional Existen otras comunidades y provincias con derechos forales –el propio y característico de las diferentes regiones españolas en materia civil, como Catalunya, Aragón, Navarra, Vizcaya, Mallorca, Galicia y Álava– que también quieren reformar sus códigos civiles. Es el caso de Catalunya, cuya reforma en esta materia está pendiente de ser aprobada por el Parlament. Sin embargo, si ésta se aprueba, el juez, en caso de desacuerdo de los padres, también concederá la custodia compartida con preferencia, pero con la exigencia legal de un plan de custodia elaborado por lo padres que va a permitir que el magistrado valore con más detalle si procede custodia compartida o tradicional.
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