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La nueva Ley de Extranjería obliga a pagar las tasas antes de saber si se concederá la autorización |
| Asesoría Legal | |||
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Adriana de Ruiter. Abogada info@todavie.com Lo más importante siempre es conseguir la deseada autorización, para reunir a la familia, para poder trabajar o para poder establecerse por cuenta propia, pero lo cierto es que todos sabemos que las autorizaciones sí cuestan dinero: no sólo suele ser costoso reunir toda la documentación –como poderes notariales y certifi cados originales de los países de origen legalizados y traducidos–, sino que, a la postre, también hay que pagar las tasas administrativas por las autorizaciones. Bueno, eso hasta ahora. En la antigua ley, uno esperaba a tener la autorización –de residencia, trabajo, reagrupación familiar– concedida, y antes de que se entregase la correspondiente tarjeta se pasaba por caja para abonar el importe de la tasa. Pagar nunca gusta, pero el fi n lo justifi caba. Ahora las cosas han cambiado: la nueva ley obliga a pasar por caja antes de solicitar la autorización que estemos tramitando. Esto implica que, sin saber todavía si se nos concederá la autorización, ya estamos pagando las tasas para su tramitación. Si en el momento de la solicitud no se acredita el pago de la tasa, tendremos un plazo de 15 días para pagar y demostrarlo. Si no lo hacemos, la solicitud se archivará. ¿Y qué ocurre si posteriormente no se nos otorga la autorización solicitada? Perderemos la tasa pagada. Las autorizaciones para las que se pagan las tasas son las de prórroga de estancia, de residencia, de trabajo, de tarjetas de identidad de extranjero, de identidad de indocumentados y de visado. Quien debe pagar es el propio interesado, o en el caso de las autorizaciones de trabajo, el empresario, salvo que sea un trabajador contratado a tiempo parcial o como discontinuo en el sector del servicio doméstico. En estos dos casos será el propio trabajador quien abone la tasa. Algunas excepciones También existen exenciones: no pagarán las tasas para autorizaciones de trabajo los nacidos en Iberoamérica, Filipinas, Andorra, o los extranjeros nacidos en España, cuando quieren realizar un trabajo por cuenta propia. Tampoco tendrán que pagar tasa por la tramitación del visado las personas benefi ciarias del derecho comunitario. Aunque los importes de las tasas no suelen ser muy elevados –según el tipo de trámite, oscilan entre diez y 35 euros–, no deja de ser una traba más a añadir al difícil camino de la inmigración y regularización, y, en el fondo, al camino de la integración. ¿El motivo del cobro previo? Quién sabe… Comentarios (3)porque???????????
antes contestaban en dos meses y medio ahora tardan mas de tres meses en dar una respuesta, como si dandonos los papeles nos fueramos a llenar de dinero, haber si nos van a culpar a nosotros de la crisis
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abril 15, 2010
reagrupacion
esto es terrible todo las trabas k ponen ........mi esposo me esta reagrupando y con esta nueva ley k no nos enterramos del pago de la nueva taza por adelantado el doc k tenia k llegar al domicilio nunca llego hasta k nos llamaron para comentarnos del pago ahora recien se va pagar despues de casi todo la esperea de 2 meses y tres semanas de espera y quien sabe k hay k esperar mas tiempo esto es una.....
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marzo 02, 2010
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las tasas y me dieron los comprobante de pago el banco ahora ke hago los llevo algun sitio o tengo ke esperar respuestas garacias